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¿El desplazamiento al lugar de trabajo forma parte de la jornada laboral?

11/09/2020

¿El desplazamiento al lugar de trabajo forma parte de la jornada laboral?

Desde que en 2019 se implantara la obligatoriedad del control horario para las empresas españolas, tanto empresarios como trabajadores a día de hoy, todavía tienen dudas sobre que  tipos de desplazamientos  forman parte de la jornada laboral o no, especialmente aquellos que tienen muchos desplazamientos a lo largo de la jornada.

¿Cuándo se considera un desplazamiento tiempo de trabajo y cuándo no?

No se considera tiempo de trabajo aquel que transcurre entre que el empleado sale de su domicilio y llega al puesto de trabajo, dado que, según la directiva europea al respecto, el tiempo de trabajo es aquel durante el cual el trabajador está a disposición de la empresa.

El tiempo empleado por los trabajadores en un desplazamiento dentro de su jornada laboral suscita más dudas. Una reciente sentencia de fecha 7/7/2020 (STS nº 650/2020) dictada por el Tribunal Supremo, Sala de lo Social, ha indicado que el desplazamiento por el trabajador utilizando vehículos de empresa desde su domicilio al domicilio del cliente, sí debería ser considerado como tiempo efectivo de trabajo, tal como nos indica Belén Muñoz, abogada de Legálitas.

Así lo determinó el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (STJUE de 10 de septiembre de 2015, C-266/14), cuando en 2015, indicó que el desplazamiento en empresas sin centro de trabajo fijo o habitual,  al iniciar la jornada de los trabajadores de la empresa contaba como horario laboral, así como la vuelta, debido a que los empleados no tenían puesto de trabajo fijo y se trasladaban al domicilio de los clientes.

¿Los viajes de trabajo se consideran parte de la jornada laboral?

Un viaje de negocios u  desplazamiento extraordinario y esporádico se considera período laboral y debe formar parte de la información inscrita en las herramientas de control horario. Aunque hay que atenerse a las circunstancias de cada empresa, su normativa y lo acordado entre empresa y trabajador en el contrato en cada caso.

¿Cambia la jornada en teletrabajo?

La modalidad de teletrabajo no debe de implicar ninguna modificación en el horario ni en cómo se contabiliza la jornada: se trata de la misma jornada que si fuera un puesto de trabajo presencial y, por tanto, el control se realiza de igual manera.

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